miércoles, 26 de febrero de 2014

Certificados de Eficiencia Energética



Desde el pasado 28 de junio de 2013 está en vigor el estricto régimen sancionador en relación a los Certificados de Eficiencia Energética de los edificios existentes, que afecta a todos aquellos propietarios de viviendas y locales de superficie superior a 50 metros cuadrados construidos que quieran ser objeto de venta o alquiler.

Las sanciones afectan no solo a los propietarios sino también a las Agencias Inmobiliarias que publiciten ventas y alquileres de pisos sin exponer su correspondiente Certificado.

Hacer publicidad sin la debida etiqueta será sancionada con multas de hasta 600 €, y exponer una clasificación falsa, un Certificado no registrado o con datos erróneos podría elevarla hasta los 1000 €. Lo mismo ocurriría si se llevase a cabo una venta o alquiler sin poseer el Certificado.

Utilizar falsos certificados será sancionado con multas de hasta 6000 €, mucho riesgo para lo excepcionalmente barato que cuesta hoy en día un Certificado de Eficiencia Energético.